Si me jubilo
  • Cobras una pensión vitalicia que se calcula con tu ahorro acumulado.
  • Viudedad: Tu cónyuge o conviviente cobra una pensión vitalicia del 100% de tu pensión.
  • Orfandad o herederos/as: En caso de no tener cónyuge o conviviente, o que este falleciera, tus hijas e hijos o, en su defecto, tus herederos y herederas cobran las pensiones que hubieras cobrado hasta los 90 años o un capital equivalente.

El 92 % de las aportaciones, personales e institucionales, y los rendimientos que la inversión de las mismas generen a lo largo de los años, constituyen el ahorro acumulado a tu nombre, que se transformará en el cobro de una pensión vitalicia en el momento de causar la prestación.

  • Documentos requeridos para un expediente de jubilación.
  • Fotocopia del DNI.
  • Documento que acredite el estado civil y las personas beneficiarias. Libro de Familia o Certificado literal de matrimonio o Certificado del registro de parejas de hecho o Certificado de convivencia.
  • Resolución de la Seguridad Social indicando su fecha de efecto.
  • Documento acreditativo de la baja en la Institución.
  • Cuenta de la entidad bancaria para el abono de la prestación. Libreta o recibo de algún pago donde se demuestre la titularidad de la cuenta bancaria.
  • Fe de vida del/de la solicitante en caso de que no pueda tramitar personalmente la solicitud.
  • NOTA: Si la residencia fiscal está fuera de la Comunidad Autónoma de Euskadi y Navarra, se debe contactar con nosotros para conocer la documentación adicional a presentar.

Para preparar la reunión en nuestras oficinas, puedes enviar la documentación previamente (ficheros en formato pdf).

Nos pondremos en contacto contigo para confirmar si la documentación remitida es adecuada y fijar una cita en nuestras oficinas.