Las prestaciones son un complemento a la pensión pública, para ti, en su caso, para tu cónyuge o conviviente; en defecto de aquel/ aquella, para tus hijos/as y; por último, para tus herederos/as.

Se genera derecho a la prestación cuando se haya producido el hecho causante (jubilación, incapacidad permanente, fallecimiento o desempleo), la persona haya cesado en la relación laboral, esté al corriente de sus obligaciones con Elkarkidetza y solicite la prestación de acuerdo con el modelo de ésta, junto con los documentos que se exigen según el Reglamento de Prestaciones.

Las pensiones se cobran mensualmente y en los meses de junio y diciembre se percibe una mensualidad adicional del mismo importe, excepto en el desempleo.

La pensión se mejorará en base a la participación en beneficios regulada en el Reglamento de Prestaciones, excepto en el desempleo.

En las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente y fallecimiento en activo, podrás optar a capitalizar:

  • Hasta el 25% del ahorro, siendo necesario mantener un importe suficiente que genere una pensión mínima de 111 euros al mes.
  • El 100%, si generas una pensión menor a 111 euros al mes.